LA IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD
¿QUE ES LA CONTABILIDAD?
Es un registro de los gastos e
ingresos de todas las operaciones económicas que realiza la empresa. Todo
movimiento con consecuencias económicas debe quedar registrado en la
contabilidad.
¿POR QUÉ SE LLEVA LA CONTABILIDAD?
Es imprescindible llevar al día la contabilidad, ya que de ella se saca la información, que la empresa necesita para la toma de decisiones presentes y futuras. Por otro lado también hacienda exige que toda empresa lleve una contabilidad, de acuerdo con la forma jurídica del negocio.
El artículo 200 de La Ley General Tributaria establece una serie de infracciones por incumplimiento de obligaciones contables y registrales:
1.Constituye infracción tributaria el incumplimiento de obligaciones contables y registrales, entre otras:
a) La inexactitud u omisión de
operaciones en la contabilidad o en los libros y registros exigidos por las
normas tributarias.
b) La utilización de cuentas con
significado distinto del que les corresponda, según su naturaleza, que dificulte
la comprobación de la situación tributaria del obligado.
c) El incumplimiento de la obligación
de llevar o conservar la contabilidad, los libros y registros establecidos por
las normas tributarias, los programas y archivos informáticos que les sirvan de
soporte y los sistemas de codificación utilizados.
d) La llevanza de contabilidades
distintas referidas a una misma actividad y ejercicio económico que dificulten
el conocimiento de la verdadera situación del obligado tributario.
e) El retraso en más de cuatro meses
en la llevanza de la contabilidad o de los libros y registros establecidos por
las normas tributarias.
f) La autorización de libros y registros sin haber sido diligenciados o habilitados por la Administración cuando la normativa tributaria o aduanera exija dicho requisito.
g) El retraso en la obligación de
llevar los Libros Registro a través de la Sede electrónica de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria mediante el suministro de los registros de
facturación en los términos establecidos reglamentariamente.
2.La infracción prevista en este artículo será grave.
3.La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 150 euros, salvo
que sea de aplicación lo dispuesto en los párrafos siguientes.
La inexactitud u omisión de
operaciones o la utilización de cuentas con significado distinto del que les
corresponda se sancionará con multa pecuniaria proporcional del uno por ciento
de los cargos, abonos o anotaciones omitidos, inexactos, falseados o recogidos
en cuentas con significado distinto del que les corresponda, con un mínimo de
150 y un máximo de 6.000 euros.
La no llevanza o conservación de la
contabilidad, los libros y los registros exigidos por las normas tributarias,
los programas y archivos informáticos que les sirvan de soporte y los sistemas
de codificación utilizados se sancionará con multa pecuniaria proporcional del
uno por ciento de la cifra de negocios del sujeto infractor en el ejercicio al
que se refiere la infracción, con un mínimo de 600 euros.
La llevanza de contabilidades
distintas referidas a una misma actividad y ejercicio económico que dificulten
el conocimiento de la verdadera situación del obligado tributario se sancionará
con multa pecuniaria fija de 600 euros por cada uno de los ejercicios
económicos a los que alcance dicha llevanza.
El retraso en más de cuatro meses en
la llevanza de la contabilidad o libros y registros exigidos por las normas
tributarias se sancionará con multa pecuniaria fija de 300 euros.
El retraso en la obligación de llevar
los Libros Registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria mediante el suministro de los registros de
facturación en los términos establecidos reglamentariamente, se sancionará con
multa pecuniaria proporcional de un 0,5 por ciento del importe de la factura
objeto del registro, con un mínimo trimestral de 300 euros y un máximo de 6.000
euros.
La utilización de libros y registros sin haber sido diligenciados o habilitados por la Administración cuando la normativa tributaria o aduanera lo exija se sancionará con multa pecuniaria fija de 300 euros.
CONSEJOS PARA LLEVAR UNA CONTABILIDAD ORDENADA
Para llevar una contabilidad ordenada,
·Es imprescindible seleccionar a los profesionales adecuados, conocedores de la normativa, ordenados y con visión estratégica del futuro del negocio.
·Una vez solucionado el apartado anterior, también es necesario poner a disposición de los profesionales toda la documentación pertinente, así como las herramientas que faciliten su trabajo y garanticen la precisión de los registros.
Tener tus cuentas en orden ofrece a tu negocio los siguientes beneficios:
- Ofrece conocimiento sobre la situación económica y financiera de tu negocio.
- Ayuda a prevenir imprevistos, y al planteamiento fiscal
- Podremos entender mejor la relación entre los gastos y los ingresos
- Podremos mejorar la rentabilidad
- Estaremos en disposición de tomar decisiones financieras acertadas.
- Haremos un buen planteamiento de la carga fiscal de la empresa,
- Tendremos conocimiento del nivel de endeudamiento del negocio
Sí necesitas más información, sobre la contabilidad de tu negocio, puedes contactar con nosotros y resolveremos tus dudas poniendo a tu disposición expertos en contabilidad.






